SiTributo · SUNAT8 min de lectura20 de mayo de 2026

Cómo calcular tu multa SUNAT por el Artículo 178° con el Régimen de Gradualidad 2026

El Artículo 178° del Código Tributario sanciona la declaración incorrecta del tributo. Te explicamos la fórmula exacta, los porcentajes del Régimen de Gradualidad y cómo calcular tu multa al centavo antes de ir a SUNAT.

¿Qué es el Artículo 178° del Código Tributario?

El Artículo 178° sanciona las infracciones relacionadas con el incumplimiento de obligaciones tributarias sustanciales — en concreto, declarar cifras o datos falsos que impliquen: tributo omitido, crédito indebido, pérdida indebida o retención no pagada. Es la infracción más frecuente en las fiscalizaciones SUNAT.

La fórmula base de la multa

La multa base (antes de gradualidad) equivale al 50% del tributo omitido o del crédito usado indebidamente, con una multa mínima de 5% de la UIT (UIT 2026 = S/ 5,350 → mínimo S/ 267.50).

Multa base = 50% × tributo omitido (mínimo 5% UIT)

Adicionalmente, SUNAT aplica la Tasa de Interés Moratorio (TIM) del 0.03% diario sobre el tributo omitido desde la fecha de vencimiento hasta el pago.

Régimen de Gradualidad — R.S. 063-2007/SUNAT

El Régimen de Gradualidad permite reducir la multa si el contribuyente subsana antes de que SUNAT actúe. Las tasas de rebaja para el Art. 178° son:

Momento de subsanaciónRebaja sobre la multa base
Antes de cualquier notificación SUNAT (subsanación voluntaria)95%
Con notificación de requerimiento, antes de vencimiento70%
Después del vencimiento del requerimiento, antes del acta60%
Con acta de resultado, antes de la Resolución de Multa40%
Con Resolución de Multa, dentro del plazo de reclamación25%

Ejemplo práctico

Supón que omitiste IGV por S/ 12,000 en el periodo julio 2025:

  • Multa base: 50% × S/ 12,000 = S/ 6,000
  • Si subsanas voluntariamente antes de cualquier notificación, rebaja del 95%: S/ 6,000 × 5% = S/ 300
  • Más TIM sobre los S/ 12,000 de IGV omitido: 0.03%/día × días transcurridos

Qué es el Escrito de Acogimiento

Una vez calculada la multa con gradualidad, debes presentar ante SUNAT un Escrito de Acogimiento al Régimen de Gradualidad mediante Mesa de Partes. Este escrito debe incluir: identificación del contribuyente, artículo infringido, periodo tributario, tributo omitido, multa calculada y la declaración de acogimiento.

Pasos para regularizar

  1. Calcula el tributo omitido exacto comparando la declaración original con la correcta.
  2. Presenta una declaración rectificatoria en SUNAT Virtual.
  3. Calcula la multa con gradualidad según el momento de subsanación.
  4. Paga el tributo omitido + intereses + multa rebajada.
  5. Presenta el Escrito de Acogimiento ante Mesa de Partes SUNAT.

Errores frecuentes al calcular la multa

  • Aplicar la rebaja equivocada: confundir el porcentaje según el momento de la notificación.
  • Olvidar la TIM: el interés corre sobre el tributo omitido, no sobre la multa.
  • Ignorar la multa mínima: si el 50% del tributo omitido es menor a 5% UIT, aplica el mínimo.
  • No presentar el Escrito: sin el escrito, SUNAT puede no reconocer el acogimiento.
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Equipo Normaia

Normaia · 20 de mayo de 2026

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